November 26, 2020
De parte de CGT CETV
308 puntos de vista

Estimadas
compañeras y compañeros,
Os
adjuntamos el calendario laboral de Tragsatec Valencia para el año 2019
con la aplicación de la DA 144 de la LPGE 2018.  Enlace al documento
Esta
aplicación supone una nueva jornada diaria en invierno de 7:42 horas
para el personal con jornada completa que realiza calendario Tragsatec  y
que se traduce en una jornada anual de 1612,5 horas.
Además
desde el Comité de Valencia hemos conseguido las siguientes mejoras para todo
el personal:

Entrada en invierno a partir de las 7:30 horas.

Que la dirección asuma el cierre los días 23 y 30 de diciembre siendo los días 23 y 30 de diciembre  comunes en ambos turnos para que no cuenten puentes en diciembre y no se
incremente la jornada diaria.

Que el día de San Isidro se pueda coger el 13 o el 17 de mayo a elección del
trabajador/a
Además
de la flexibilidad en jornada de verano que negociamos el año pasado y se
mantiene en los mismos términos.
Para
el personal con jornada reducida
, el cálculo de la
nueva jornada se realizará de la siguiente manera:
Sobre
la jornada anual sin reducción (1612:50:00) se
aplicará la reducción  (1/8. 2/8, etc.) y  se descontará de la
jornada anual reducida las vacaciones, turno de navidad, días de libre, etc. La
jornada diaria resultará de dividir el resultado entre número total de días a
trabajar: 213  (365 – 104 (sábados y domingos) – 14 (festivos
que no caen en sábado) – 26 (vacaciones + libre disposición) – 7 (turno navidad
+ S. Isidro + 24 y 30 diciembre) – 3 (puentes), quedando:
CALCULO
JORNADA REDUCIDA: mínimo un octavo, máximo la mitad:
%
reducción
1417:30:00
1215:00:00
1012:30:00
jornada
anual reducida (h)
jornada
diaria reducida (h)
Recordamos a todo el personal que la aplicación de la jornada
según lo dispuesto en la DA 144 no modifica ninguno de los derechos
recogidos en el Acuerdo de homologación de Condiciones
para el personal
de Tragsatec
(se puede seguir acumulando un máximo de 5 horas semanales),
etc., pero sigue siendo jornada completa y partida, por lo que se tendrá que
realizar al menos una tarde a la semana. Al personal con reducción de jornada
al amparo del artículo 37.5 del Estatuto le será además de aplicación el
acuerdo de fecha 17/06/2015 alcanzado ante la Audiencia Nacional que le permite
acogerse a la flexibilidad horaria en los mismos términos que el personal de
jornada completa.
Recordamos también que queda para enero el aclarar el periodo
posible para la recuperación del exceso de jornada realizado en el 2018, que en
el caso de Valencia es de 5 días.
Desde el Comité de Empresa de Tragsatec Valencia os deseamos unas
muy felices fiestas esperando  en el año próximo nuevos y mejores derechos
laborales.
Seguiremos
informando.




Fuente: Cetvalencia.blogspot.com