Más de 50 mil personas rodearon la Legislatura para defender la Ley 7722 el 23 de diciembre del 2019. (leer nota)
Por una apelación de la Minera San Jorge a la Ley 7722, «la Ley guardiana del agua», la Corte Suprema declaró inconstitucional a un artículo que prohíbe a sustancias toxicas por «indeterminación». La resolución habilitaría a la minería con el uso de xantatos y otras sustancias contaminantes que amenazan el medioambiente de la provincia. Desde las asambleas, que en el 2019 detuvieron la megaminería con una rebelión provincial, expresaron que no aceptarán ninguna sustancia tóxica y rechazaron el fallo, «En esto NO hay indeterminación. Hay una posición concreta. Hay una afirmación. Una realidad. ¡El artículo es legítimo, es nuestro! NO HAY DUDAS». Por ANRed.
El 28 de octubre la Corte Suprema de la Nación dio lugar a una apelación de la minera San Jorge y resolvió la inconstitucionalidad de una parte del artículo 1 habilitando el uso sustancias toxicas para el medio ambiente como el xantato, la poliacrilamida, etc. Desde la asambleas hubo un fuerte rechazo y un llamado de alerta . La Asamblea Maipucina Por el Agua comunicaron que están en estado de alerta y movilización, «Hoy, la Corte Suprema de la Justicia de la Nación resolvió el recurso de queja que Minera San Jorge había elevado tras la declaración de constitucionalidad de la Ley 7722 dictada por la Corte Suprema de Justicia de Mendoza en 2015 (¡Se tomaron su tiempo para decidir!), y no le da lugar al reclamo. En el fallo RATIFICA LA CONSTITUCIONALIDAD DE NUESTRA LEY GUARDIANA DEL AGUA, por considerar que la misma avanza en la protección ambiental, del agua y del derecho a un ambiente sano garantizados por la Constitución Nacional y por la Ley General del Ambiente. Además, reconoce los enormes riesgos ambientales de este tipo de actividad, con casos concretos y probados, tal como quedó demostrado en la provincia de San Juan; y por ello la aplicación del Principio Precautorio y del uso de facultades para ampliar las medidas de protección ambiental». SIN EMBARGO, ABRE LAS PUERTAS AL AVANCE MEGAMINERO. El artículo 1° de la ley 7722 determina: _“A los efectos de garantizar debidamente los recursos naturales con especial énfasis en la tutela del recurso hídrico, se prohíbe en el territorio de la Provincia de Mendoza, el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo.”_ La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró que parte de este artículo (“…y otras sustancias tóxicas similares…”) es INCONSTITUCIONAL por su grado de INDETERMINACIÓN, lo que podría habilitar en Mendoza el desarrollo de la megaminería con el uso de otras sustancias no mencionadas explícitamente como el XANTATO, proyecto elevado por ejemplo, por Minera San Jorge en Uspallata.»
Y expresó, «Ante esto, ratificamos que la LEY 7722 ES LEGÍMITA porque la conquistó y defendió el pueblo en las calles. Es el resultado de una DECISIÓN CLARA Y CONSCIENTE: ¡NO QUEREMOS MEGAMINERÍA EN MENDOZA! No avalamos una actividad de tan alto impacto ambiental, con uso intensivo de enorme volúmenes de agua y energía. No queremos que exploten nuestras montañas. No toleramos que contaminen el agua NI CON CIANURO, NI CON MERCURIO, NI CON ÁCIDO SULFÚRICO, NI CON NINGUNA OTRA SUSTANCIA TÓXICA SIMILAR en contextos de crisis hídrica y de cambio climático, reconocidos incluso por los mismos organismos estatales. En esto NO hay indeterminación. Hay una posición concreta. Hay una afirmación. Una realidad. ¡El artículo es legítimo, es nuestro! NO HAY DUDAS».
NO HAY LICENCIA SOCIAL!!!!! pic.twitter.com/4BoSWgkRHK
— Asamblea Maipucina por el Agua – Mendoza, Arg (@MaipuAsamblea) October 30, 2021
Un ejemplo de la tóxicidad del xantato y la poliacrilamida fue la contaminación del río Loa en Chile. El colapso de Quillagua comenzó en el año 1997, cuando se produce el primer evento de contaminación de las aguas del río Loa. Componentes químicos, entre ellos, el xantato, el isopropanol, detergentes y metales pesados, provocaron la muerte biótica del río e impactaron la vida socio económica del pueblo. Las familias de camaroneros, perdieron toda fuente de subsistencia y los campos de cultivos fueron quemados por los contaminantes disueltos en las aguas del río. Entonces la vida del pueblo se paralizó. Podes leer la experiencia en esta nota aquí..
Mientras el legislador provincial por el FIT-U, Lautaro Jiménez, también denunció el «lobby minero» y la modificación de parte de la Ley, «Unamos la lucha en Mendoza y el país. El fallo de la Corte a favor de la Megaminería contaminante acompaña la ofensiva del Gobierno Nacional y la derecha contra las leyes que protegen el agua y el ambiente. La lucha del pueblo en las calles es la única que puede defender el agua».
Gravísimo GOLPE INSTITUCIONAL contra la #Ley7722. La Corte Suprema de la Nación declaró inconstitucional parte del Art 1° y habilita el uso de xantato, poliacrilamida y otros engendros químicos contaminantes. Abajo el fallo San Jorge! #ElAguaDeMendozaNoSeNegocia #La7722NoSeToca pic.twitter.com/fkJc2EVP2P
— Lautaro Jimenez (@LautaroJimenezB) October 29, 2021
Sobre la rebelión provincial de diciembre del 2019 que detuvo la modificación de la Ley 7722:
Triunfo consolidado del pueblo de Mendoza: se restablece la Ley 7722
Fuente: Anred.org