Una de estas consultorías, Nova Consultores Ambientales, afirmó que al “haberse encontrado concentraciones de talio soluble que excedieron el valor permitido (…) se programó un nuevo muestreo”, que fue realizado por Grupo Microanálisis.
Los resultados de las muestras mal conservadas ya no arrojaron presencia de talio. Sin embargo, aparecieron nuevos metales por arriba de las normas; se trataba de bario y vanadio, que superaban en 50% y 72.9%, respectivamente, lo permitido por las normas mexicanas. Nova Consultores Ambientales justificó que podía deberse a “un fenómeno zonal, es decir característico del área”.
Al final, Profepa desconsideró todos los análisis de las consultoras porque, después de todo este proceso, “en atención a la inquietud” presentada por Minera Cuzcatlán a Intertek, el laboratorio llevó a cabo una “revisión documental” de las muestras donde aparecía este metal.
Intertek concluyó que había cometido un error en los datos que indicaban talio por arriba de las normas. Es así que este laboratorio presentó una nueva tabla donde la cantidad del metal pesado por arriba de los límites permitidos fue remplazada por el símbolo “ND”, lo que indica que no hay presencia de este metal.
Tal y como lo estipula el expediente revisado por el equipo de esta investigación, en el dictamen final de Profepa se concluye que por el “motivo de un error (…) en la transcripción de los resultados” se determinó que la presencia de metales pesados no rebasaba los límites permitidos por las normas, “concluyendo que el suelo no requiere de remediación”.
El equipo de este reportaje buscó la versión de Intertek sobre lo ocurrido y fue atendido por Diana Vázquez, quien dijo “no hay un área como tal de prensa. Es un poco complicado si no tienes un contacto en específico”, terminó por redirigir la llamada a una grabación del sistema de mensajería de la empresa. Nuevamente se intentó contactar, pero ya solo respondió el sistema de mensajería.
Según la subdirectora de Sostenibilidad de Minera Cuzcatlán, Cristina Rodríguez, como comprueban los dictámenes emitidos por Profepa y Conagua, “el escurrimiento de nuestra pileta de colección, ocurrido en octubre de 2018, no causó daño ambiental, principalmente porque los jales de Compañía Minera Cuzcatlán no son catalogados como peligrosos o tóxicos. No obstante, la empresa mantiene su compromiso con el cuidado ambiental y la buena relación con las comunidades afectadas por dicho incidente. De esta manera, Compañía Minera Cuzcatlán ha promovido programas de desarrollo agrícola y pecuario en la zona, así como de reforestación; además de monitoreos frecuentes de calidad del agua y la integridad de nuestras instalaciones”.
Minera Cuzcatlán, en una segunda entrevista por escrito, sostiene que “siguió todos los procedimientos normativos requeridos y en colaboración con las autoridades competentes en materia ambiental (PROFEPA y CONAGUA). La investigación concluyó que el talio lixiviable esta presente de manera natural en el suelo”. Además, la Minera Cuzcatlán recalca “que el talio, no esta presente en las características geoquímica de nuestros jales”, contrario a los resultados del muestreo de los jales secos con agua de lluvia, hecho por Conagua dentro de las instalaciones de la empresa, que sí detectaron la presencia de talio.
Por su parte, la bióloga Martha Patricia Mora Flores duda sobre el error de transcripción de Intertek. “Es difícil de creer que un laboratorio proveedor líder en el aseguramiento de la calidad total para industrias del mundo cometa errores de ese tipo. Los funcionarios debieron revisar muy cuidadosamente los documentos, sobre todo porque hubo contradicciones claras en el caso”. Explica que habría que pedir “los resultados en bruto del laboratorio. Pedir que un experto independiente revisara y analizara los resultados en bruto, para demostrar que hubo un error de dedo”.
No se puede creer “en la empresa así nomás; se tiene que garantizar por medio de pruebas, por medio de nuevas verificaciones”. Profepa es, al final, “el órgano que tiene la responsabilidad y que debe cuidar de la calidad del medio ambiente”, agrega la abogada Claudia Gómez Godoy.
Las determinaciones al interior de Profepa se valieron esencialmente a partir de “las pruebas documentales que aportó el representante legal de la empresa Compañía Minera Cuzcatlán”, tal y como está registrado en el expediente del caso. La empresa presentaba sus documentos a Profepa; los recibía la Subdelegación Jurídica y ésta solicitaba una opinión técnica a la Subdelegación de Auditoría Ambiental e Inspección Industrial. Esta opinión técnica era formulada a partir de la revisión de estos documentos y estudios pagados por la empresa. Después regresaba al área Jurídica. Fue así como se tomaron las decisiones, con opiniones técnicas fundamentadas solamente con pruebas presentadas por Minera Cuzcatlán.
“Ninguna empresa va asumir que sí contaminó. Esas prácticas se prestan mucho a la corrupción”, señala la abogada Gómez Godoy. De acuerdo con el investigador Arellano Aguilar, hay un desligamiento del Estado para poder hacer una vigilancia ambiental efectiva y que actúe en consecuencia. “La carga de la prueba está con las empresas que tienen laboratorios a cargo”, puntualiza el investigador y concluye que “hay conflicto de interés; desafortunadamente son mecanismos de regulación que han sido diseñados para eso, para que haya impunidad”.
El equipo de esta investigación hizo la solicitud de entrevista al área de comunicación social de Profepa y fuimos atendidos por Rubén Jiménez; no obstante, nunca se garantizó una fecha para la entrevista y, hasta el punto final de esta investigación, no se recibió respuesta alguna de esta instancia.
Fuente: Avispa.org