Esta mini guía tiene como objetivo dar pautas y conocimientos básicos para socorristas que trabajan para la empresa Proactiva Serveis Aquàtics SL (aunque también se pueden extrapolar a otras empresas).
¿Qué es una nómina?
Es la suma de todos los registros financieros de los sueldos de los empleados, incluyendo los salarios, las bonificaciones y las deducciones. Estos registros quedan plasmados en un documento impreso en papel o en formato digital.
¿Por qué es importante que la empresa nos haga entrega de una copia de nuestras nóminas?
Para que podamos comprobar que nuestra paga haya sido ingresada correctamente. Teniendo este documento vamos a poder ver en detalle cómo se conforma nuestro salario y también las deducciones que aportamos.
¿Cómo hace la empresa para calcular nuestra paga?
Proactiva utiliza el colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios, donde se regulan y establecen los montos a percibir según la categoría profesional. Dicho documento debemos conocerlo al detalle para poder calcular nuestras nóminas. Al final del convenio, en el ANEXO I figuran las tablas salariales.
¿Cómo puedo calcular mi nómina?
La categoría profesional para socorristas de Proactiva es la G4-N1 (Grupo 4 – Nivel 1), donde su sueldo anual de 14 pagas es de 11.120,27€ brutos. El convenio estipula que la jornada anual es de 1752 horas, si dividimos el salario bruto anual por la jornada anual podemos calcular el precio hora, dando como resultado 6,32€ brutos. Proactiva como muchas otras empresas utiliza el prorrateo de las pagas extra para que parezca que nuestro salario mensual sea un poco mayor, es decir que el monto proporcional de las pagas extras se nos irá ingresando mes a mes. Para calcular las nóminas se utiliza el calendario del año comercial que consta de 360 días, cada mes está compuesto de 30 días o unidades (independientemente de la cantidad real de días que tenga cada mes).
Ejemplo (según tablas salariales del año 2014): En un mes deberíamos de trabajar unos 21 días aproximadamente teniendo en cuenta que nos respetan los 2 días de descanso semanal. Nuestra nómina estará compuesta por los siguientes valores brutos:
Salario base mensual: 794,31€
Plus transporte: 2,5€ por cada día efectivamente trabajado x 21 = 52,5€
Pagas extras: 132,39
Total salario bruto mensual: 979,2€ sin aplicar las deducciones (aportaciones)
Artículo 36. Incrementos salariales. Las tablas salariales de aplicación durante el año 2014 quedan reflejadas en el anexo 1 de este Convenio. Se establece para 2015 un incremento salarial igual al IPC más 0.50 % sobre todos los conceptos salariales del convenio. Para cada uno de los siguientes años de vigencia del presente convenio o de sus prórrogas se establece, con fecha de efectos del 1 de enero de cada año, un incremento del régimen retributivo tanto salarial como extrasalarial, igual al IPC real del año inmediatamente anterior más un 0,50 %. Se exceptúan de este incremento las dietas y kilometraje.
Para el año 2015 se mantienen los mismas tablas salariales. El incremento para el año 2016 es de 0,5% (IPC 2015 0% + 0,5%) y para el 2017 un incremento del 2,1% (IPC 2016 1,6% + 0,5%).
Tabla salarial con incrementos – Artículo 36 |
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Conceptos |
2014 |
2015 (idem 2014) |
2016 (IPC 2015 0% + 0,5%) |
2017 (IPC 2016 1,6% + 0,5%) |
Salario bruto anual |
11.120,27 € |
11.120,27 € |
11.175,87 € |
11.353,80 € |
Salario base bruto mensual |
794,31 € |
794,31 € |
798,28 € |
810,99 € |
Paga extra bruta prorrateada |
132,39 € |
132,39 € |
133,05 € |
135,17 € |
Plus transporte bruto |
2,50 € |
2,50 € |
2,51 € |
2,55 € |
¿A tí te están pagando según lo establecido en el convenio y según las tablas salariales actualizadas?
Utiliza la siguiente planilla para facilitar el cálculo de tus nóminas (la planilla puede contener errores, es importante que aprendas a calcular tus nóminas de forma manual). Genera una copia de la planilla, haz clic en “Archivo” y luego en “Crear una copia”.
Por ley puedes reclamar todo lo que te adeuden a un año para atrás.
¿Quieres mejorar tus condiciones? Empieza por saber lo que te corresponde. Es obligación de la empresa cumplir con las condiciones económicas y laborales, es tu responsabilidad exigirlas.
Fuente: Socorristasbcn.wordpress.com