Esta mini guía tiene como objetivo dar pautas y conocimientos básicos para socorristas que trabajan para la empresa Proactiva Serveis Aquàtics SL (aunque también se pueden extrapolar a otras empresas).
¿Qué es la prevención de riesgos laborales?
Se entenderá por “prevención” el conjunto de actividades o medidas adoptadas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
Se entenderá como “riesgo laboral” la posibilidad de que un/a trabajador/a sufra un determinado daño derivado del trabajo.
¿Quién se encarga de la prevención?
La empresa deberá garantizar la seguridad y la salud de l@s trabajador@s en todos los aspectos relacionados con el trabajo así como garantizar que cada trabajador/a reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia de prevención.
¿Qué es un EPI?
EPI es el acrónimo de equipo de protección individual. La empresa debe proporcionar equipos adecuados para el desempeño de sus funciones.
¿Qué EPIs necesita un socorrista?
- Crema de protección solar SPF 50+.
- Gafas de sol polarizadas.
- Ropa con protección solar.
- Calzado cerrado y suela de goma.
¿Qué es la incapacidad temporal (IT)?
Es un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas mientras el/la trabajador/a está imposibilitado/a temporalmente para trabajar. Lo que comúnmente se denomina estar de baja.
¿Qué tipos de bajas hay?
a) Baja por contingencias comunes: Cuando un/a trabajador/a no puede trabajar por una enfermedad común, que no tiene nada que ver con el trabajo, o por un accidente que no se ha tenido trabajando, pero que igualmente impiden trabajar.
b) Baja por contingencias profesionales: el/la trabajador/a no puede trabajar por circunstancias que derivan directamente de su trabajo. Puede ser a consecuencia del trabajo que se realiza, o por un accidente trabajando.
¿Qué es un accidente in itinere?
Son los accidentes que suceden en el camino al trabajo o al salir del trabajo camino a casa, o los accidentes en desplazamientos trabajando. Este tipo de accidente está dentro de las denominadas contingencias profesionales.
Para ser considerado un accidente in itinere tienen que darse los siguientes factores:
- Que sean en el itinerario habitual y normal de casa al trabajo, aunque puede ser por varios caminos.
- Que se haya producido en el tiempo que normalmente se tarda de casa al trabajo y viceversa. Ese tiempo pueden ser 10 minutos o una hora y media, dependiendo de cada caso.
- Que no haya interrupciones en el camino. Por ejemplo un/a trabajador/a que sale de casa, se desvía para llevar a sus hij@s al colegio y luego al trabajo, habrá hecho una interrupción. En cambio pararse un momento a comprar comida de camino no es una interrupción, dependerá de cada caso.
- Que el accidente sea en el transporte habitual que se utilice. Hay casos en los que incluso el monopatín se ha considerado un medio de transporte, ya que el/la trabajador/a iba siempre en monopatín a su puesto de trabajo.
¿Cuánto se cobra estando de baja?
Si la baja es por contingencias comunes: Los primeros 3 días de baja no se cobra nada. Del 4o día al 20o se cobra el 60% de la base reguladora y a partir del día 21o se cobra el 75% de la base reguladora.
Si la baja es por contingencias profesionales: el/la trabajador/a tendrá derecho a un complemento hasta el total de la base de cotización.
¿Tengo derecho a una revisión médica?
La empresa debe garantizar a l@s trabajador@s a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo con el consentimiento del trabajador/a y los resultados del reconocimiento serán comunicados a l@s trabajador@s respetando siempre el derecho de intimidad.
Teniendo en cuenta el trabajo de socorrismo acuático esta revisión médica debería incluir:
- Electrocardiograma
- Revisión oftalmológica.
- Revisión auditiva.
- Revisión exhaustiva dermatológica.
- Análisis de sangre.
¿Quieres saber más?
Enlace a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
Recuerda, la seguridad empieza con el conocimiento. Es obligación de las empresas cuidar de sus trabajador@s, es tu responsabilidad saber lo que te corresponde, exige que se cumplan las normativas vigentes.
Fuente: Socorristasbcn.wordpress.com