February 19, 2021
De parte de CGT El Picador
795 puntos de vista

La nueva regulación del teletrabajo, recientemente aprobada en el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre y que entró en vigor el pasado 13 de octubre indica que la empresa deberá sufragar o compensar los gastos que implique teletrabajar y proporcionar los medios, equipos (portátil, silla y demás material ergonómico), herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia.

Durante estos últimos meses se han mantenido unas negociaciones entre empresa y representantes de los trabajadores para intentar llegar a un acuerdo que cumpliera con la nueva legislación tal y como os hemos informado en el Picador.

La propuesta definitiva de la empresa ha sido la siguiente:

  • Pago de 30 Euros brutos/mes a pagar a todos los empleados de la plantilla, unos 23 euros netos/mes dependiendo retenciones.
  • Pago de 150 euros brutos para compensar el teletrabajo realizado desde el 14 de marzo de 2020 hasta febrero de 2021, unos 10 euros netos/mes.
  • El único medio que facilita la empresa es el ordenador, entendiendo que silla y demás material ergonómico debe ser adquirido por el empleado con esos 23 euros netos/mes.

Los distintos comités de empresa y secciones sindicales de todas las provincias realizamos una propuesta conjunta, basándonos en el sobrecoste que tenemos al teletrabajar en casa.

El cálculo se realizó según el consumo eléctrico que supone el ordenador, iluminación y aire acondicionado, el consumo de calefacción y el coste del wifi. Todo ello prorrateado a las 1800 horas de jornada laboral. A este coste añadimos 7 euros al mes en concepto de mantenimiento, limpieza y amortización de bienes. Todo esto nos llevó a una cifra de 66,90 euros brutos al mes, unos 55 euros netos al mes.

A esto añadimos una actualización anual de los importes con el IPC, una retroactividad de estos pagos al 14 de Marzo y la necesidad de que la empresa facilitará al empleado la silla y demás material ergonómico necesario para realizar el trabajo en unas condiciones de salubridad.

El importe solicitado nos permite simplemente cubrir los costes del teletrabajo y está en sintonía con los importes acordados en los pocos acuerdos firmados hasta la fecha para compensar los gastos del teletrabajo (convenio de CECA y acuerdo empresa Siemens-Gamesa).

Cabe destacar que según estudios independientes para el año 2019 se ha establecido en 8.575 euros de media al año el coste de oficina por empleado.
A esta información añadimos el coste de alquiler de un puesto de trabajo en la oficina del Parque Empresarial la Finca en Madrid va desde 220 euros a 428 euros por puesto y mes. Esto nos permite hacernos una idea del tremendo ahorro que supone para la empresa el tener a sus empleados teletrabajando, ahorra 714 euros al mes por empleado que teletrabaja y lo quiere compensar con 30 euros.

Nosotros abogamos y somos defensores del teletrabajo, ya que supone la principal herramienta de conciliación, pero tenemos que asegurarnos que se cumpla con la legislación vigente y exigir una compensación que cubra los sobrecostes que implica esta modalidad de trabajo.

Debido a la gran diferencia de posturas no se llegó a un acuerdo en la negociación. La empresa no aceptó nuestros importes, no aceptó la actualización del IPC, no aceptó la retroactividad del pago desde comienzo de la pandemia y no aceptó la obligación de facilitar la silla y demás material ergonómico.

Los representantes de los trabajadores queríamos seguir negociando y así se lo hemos transmitido a la empresa, pero esta ha cerrado el proceso y nos ha comunicado que redactará su política de compensación de Gastos de teletrabajo.

En la nómina de febrero abonará 150 euros brutos en compensación por el teletrabajo realizado desde el 14 de marzo hasta el 28 de febrero, bajo el concepto “Compensación única a tanto alzado COVID”. A partir de Marzo abonará 30 euros brutos al mes a todos los empleados independientemente de su modalidad de trabajo seguramente bajo el concepto “Compensación teletrabajo Covid” mientras dure la situación de emergencia sanitaria.

Aún no disponemos del texto que regulará esta compensación, a la espera estamos del mismo para poder hacer un estudio pormenorizado de la letra pequeña.




Fuente: Elpicador.org