November 30, 2020
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El 19 de noviembre, el Pleno del Congreso vot贸 las 22 Recomendaciones de la tercera ronda del Pacto de Toledo (PT) que han sido aprobadas con 262 votos a favor, 78 abstenciones (entre ellas las de ERC y EH-Bildu) y dos votos negativos, de la CUP. No se aceptaron ninguna de las enmiendas planteadas, la mayor铆a de ellas por ERC y EH Bildu. La mayor铆a del movimiento pensionista ha expresado una posici贸n muy cr铆tica con el nuevo PT. En el caso de Euskal Herria se est谩n organizando manifestaciones de protesta contra el mismo, que tendr谩n lugar el 30 de noviembre en la comarca de Iru帽a y el 5 de diciembre en las tres capitales y numerosos pueblos de la Comunidad Aut贸noma Vasca.

Para valorar su significado lo primero que hay que decir es que el paso de las Recomendaciones a la Ley se va a realizar previa negociaci贸n con las partes sociales, es decir, la patronal de la CEOE y CEPYME y los sindicatos estatales CC OO y UGT. El contenido de las Recomendaciones es frecuentemente ambiguo y existen contradicciones flagrantes entre unas y otras, parte de las cuales se resolver谩n en un sentido u otro en esa negociaci贸n. Las pautas de su desarrollo pueden ser anticipadas por las declaraciones de los responsables del PSOE y en especial por el ministro de la Seguridad Social, tecn贸crata muy sensible a los consejos de las instituciones financieras, de donde proviene. El an谩lisis de la situaci贸n de las pensiones suele recoger 鈥搉o siempre-鈥 las causas laborales y sociales que explican sus insuficiencias, mientras que las propuestas de modificaci贸n no contribuyen a resolverlas y a veces las empeoran.

Las propuestas de las Recomendaciones se basan en tres hilos conductores. El primero consiste en la voluntad de contener o incluso reducir el gasto relativo de las pensiones en relaci贸n con el Producto Interior Bruto (PIB). El segundo tiene por objeto externalizar los elementos redistributivos del coraz贸n del sistema. El tercero, relacionado con el anterior, es el de promoci贸n de las pensiones privadas. En este art铆culo s贸lo abordaremos estas cuestiones, dejando el an谩lisis de las propuestas sobre la financiaci贸n para un art铆culo posterior.

Reducci贸n/contenci贸n del gasto

La Comisi贸n Europea y otras instituciones internacionales y, en el Estado espa帽ol, el Banco de Espa帽a y los lobbys ultraliberales insisten en la necesidad de contener o incluso recortar el gasto en pensiones, en base a distintas f贸rmulas. En el PT de 2020 las f贸rmulas para contener el gasto se expresan tambi茅n mediante no propuestas, como la no derogaci贸n de las reformas de 2011 (ley 27/2011) y 2013 (ley 23/2013). Los mecanismos de esas reformas se pueden ver aqu铆 y aqu铆. Por ello, a pesar del aumento del n煤mero de pensionistas, debido a los recortes provenientes de esas reformas y de la ca铆da salarial durante la crisis, los aumentos anuales del gasto en pensiones se han desacelerado: frente a los aumentos de entre el 7% y el 8% del per铆odo anterior, en 2014 el gasto se redujo m谩s del 3,5%, entre 2015 y 2017 creci贸 entre el 3% y el 4%, el 2018 el 4,8% y el 2019, el 5,6%.

Esa desaceleraci贸n se traduce en ca铆das, o aumentos muy escasos, en la cuant铆a de las nuevas pensiones desde el a帽o 2015 en relaci贸n las del a帽o anterior; situaci贸n que se mantiene tambi茅n en el 2020 y que se expresa en todas las pensiones. La pensi贸n de viudedad cuya cuant铆a media hab铆a aumentado hasta 2018 por el aumento del porcentaje del 52% al 60% para una parte de las mismas (cuando fuera la 煤nica pensi贸n percibida y condicionada a l铆mite de ingresos), ha empezado tambi茅n a disminuir: en el 2020 ha pasado de 850,5 euros/mes en enero a 788,5 en julio.

El PT no dice nada sobre la reforma de 2011, cuyos efectos siguen son cada vez m谩s intensos en cuanto a la edad legal de jubilaci贸n, el per铆odo de c谩lculo y el porcentaje para alcanzar el 100% de la pensi贸n, mientras se introducen propuestas tendentes a aumentar la edad efectiva de jubilaci贸n. Seg煤n la documentaci贸n adjunta al PT, en el 2016 la edad media de salida del mercado de trabajo era de 63,4 a帽os para los hombres y de 64,5 para las mujeres, diferencia cuya explicaci贸n consiste en la mayor dificultad de las mujeres para cumplir las condiciones para la jubilaci贸n anticipada, en particular el periodo muy amplio de cotizaci贸n, a la que se puede a帽adir la necesidad de seguir cotizando para aumentar la cuant铆a de pensiones muy bajas. La propuesta del PT es la de empeorar la cuant铆a y condiciones de las jubilaciones anticipadas. Las referencias a la necesidad de mejorar la estabilidad laboral y evitar la discriminaci贸n de las y los trabajadores de m谩s edad quedan en piadosos deseos mientras permanezcan vigentes las reformas laborales de 2010 y 2012 y existen muchas dudas sobre el alcance de la derogaci贸n de la 煤ltima, a la que se oponen las instituciones europeas y la vicepresidenta Nadia Calvi帽o.

En relaci贸n con la edad legal de jubilaci贸n, en la actualidad se aplican coeficientes reductores por trimestre de anticipaci贸n (en el 2020, de 65 a帽os si se ha cotizado al menos 37 a帽os y de 65 y 10 meses en caso contrario), que van desde el 1,5% hasta el 2% en funci贸n del tiempo de cotizaci贸n y del car谩cter voluntario o forzoso de la anticipaci贸n. Estas penalizaciones, que dan lugar a reducciones en la cuant铆a para toda la vida que pueden llegar hasta el 32% de la pensi贸n, adem谩s de injustas para quienes se ven obligados/as a jubilarse por haber perdido el empleo antes de la edad de jubilaci贸n o por tener trabajos penosos, insalubres y estresantes, superan al coste de la mayor duraci贸n de las pensiones y son de mayor cuant铆a que los de otros Estados de la Uni贸n Europea: Por esta raz贸n, con alguna excepci贸n, las jubilaciones anticipadas no contribuyen al aumento del gasto sino al contrario, aunque ese efecto de ahorro para la caja de la Seguridad Social aumentar谩 si los coeficientes de penalizaci贸n aumentan.

Las reglas de las penalizaciones da lugar a que quienes hayan cotizado el per铆odo necesario para alcanzar el porcentaje del 100% (36 a帽os entre el 2020 y el 2022, 36 y 6 meses entre el 2023 y el 2026 y 37 en el 2027), si han cotizado por las bases m谩ximas durante todo el per铆odo de c谩lculo (23 a帽os en el 2020, 25 en 2022), como solo pueden cobrar el tope m谩ximo de pensiones y no el 15% de m谩s que aproximadamente cobrar铆an si no existiera, pierden el 0,5% por cada trimestre de anticipaci贸n. Para evitar esta situaci贸n, que hace perder efectos al tope m谩ximo de pensiones en el caso de las jubilaciones anticipadas, el Ministro de Seguridad Social pretende aplicar la reducci贸n no sobre la base reguladora sino sobre la pensi贸n. As铆, la pensi贸n m谩xima se reducir铆a no en el 2% anual actual sino en el 6 u 8%. Sin embargo, es muy posible, que contrariamente a las declaraciones del Ministro Escriv谩, esa mayor penalizaci贸n no se aplique solo a los salarios m谩s elevados sino que se generalice, tambi茅n a los bajos salarios.

La prolongaci贸n voluntaria de la edad de jubilaci贸n se propone mediante la extensi贸n de la compatibilidad entre los ingresos de actividades profesionales y la pensi贸n de jubilaci贸n. El aumento de los recargos por la demora de la jubilaci贸n tras el cumplimiento de la edad legal, es el otro elemento para aumentar la edad de permanencia en el trabajo. Hasta la fecha da lugar a recargos en la cuant铆a de entre el 2,75% y el 4% por cada a帽o que se siguiese trabajando tras cumplir la edad legal, recargos que permiten superar el tope m谩ximo de pensiones (de 2.683 euros mensuales en el 2020)1/. Ambas medidas dificultan el acceso al empleo de las y los j贸venes y la eliminaci贸n de un desempleo joven que alcanza porcentajes del 42%. Por tanto contradicen la Recomendaci贸n sobre la juventud recogida en el mismo Pacto, que constata 鈥渓as crecientes dificultades que las personas j贸venes encuentran para ocupar y conservar un puesto de trabajo鈥 y el 鈥渁largamiento excesivo de los per铆odos formativos鈥 como raz贸n para la disminuci贸n de los a帽os de cotizaci贸n y, por ello, perjudican sus futuras pensiones. Otro ejemplo de propuestas contradictorias, que se resuelve mediante la prioridad a las que tienen por objetivo la reducci贸n del gasto.

En cuanto a la reforma del 2013, el PT solo recoge lo relativo a la revalorizaci贸n de las pensiones, planteando la vuelta al criterio del IPC anual en lugar del 0,25%. Sin embargo, es posible que no se vuelva sin m谩s a la normativa anterior, ya que la misma Recomendaci贸n dice que el desarrollo de la misma deber谩 ser consultado de nuevo con la Comisi贸n del PT. El ministro Escriv谩 ha declarado en varias ocasiones que la aplicaci贸n del IPC se puede aplicar en per铆odos superiores al a帽o en funci贸n de la coyuntura econ贸mica, lo que dar铆a lugar a p茅rdidas de poder adquisitivo por la demora en la aplicaci贸n del IPC. Por otra parte, como han insistido representantes el movimiento pensionista, la ponderaci贸n de las partidas de los bienes y servicios del IPC infravalora la participaci贸n en el gasto de los bienes y servicios que suponen un importante gasto para las personas pensionistas, como por ejemplo la electricidad.

Resulta llamativo que el PT no se pronuncia por la derogaci贸n del otro elemento importante de la reforma de 2013, el factor de sostenibilidad, cuya aplicaci贸n se encuentra suspendida hasta el 2023. Parece poco probable que se mantenga en su redacci贸n actual basada en el criterio del aumento de la esperanza media de vida para reducir proporcionalmente las nuevas pensiones de jubilaci贸n, hasta una cuant铆a que seg煤n los c谩lculos del INE puede llegar hasta 0,9% anual acumulativo. Pero es de temer que la mayor铆a del gobierno quiera resucitar un factor de sostenibilidad basado en la evoluci贸n econ贸mica, como el que se aplica en Suecia y ha anunciado alguna declaraci贸n gubernamental, de forma que si el PIB no crece por encima de determinado nivel2/, se reduzca la cuant铆a de las pensiones iniciales.

El PT se manifiesta, con cautela, a favor de la preservaci贸n y mejora de las pensiones m铆nimas, que afectan especialmente a las mujeres por ser la mayor铆a de sus perceptoras. Pero, rompiendo con una cierta trayectoria de aumentar las m铆nimas en cuant铆a superior al conjunto de las pensiones, en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2021 (PGE 2021) se recoge el mismo aumento del 0,9% del conjunto de las pensiones, dando continuidad al mismo criterio del 2020, es decir dos a帽os sin incremento espec铆fico de las pensiones m铆nimas. De esta forma se acrecienta la distancia entre el salario m铆nimo y la pensi贸n m铆nima y se hace caso omiso y ningunea la masiva reclamaci贸n del movimiento pensionista de fijar su cuant铆a en 1.080 euros, conforme a los criterios fijados por la comisi贸n interpretativa de la Carta Social Europea.

La propuesta, no firme sino pendiente de evaluaci贸n, de permitir optar por los a帽os del periodo de c谩lculo de la pensi贸n de jubilaci贸n para poder excluir a aquellos en los que la base de cotizaci贸n hayan sido m谩s reducidas por haber sufrido el desempleo u otras formas de precariedad, se encuentra m谩s que contradicha por otra propuesta: en la misma Recomendaci贸n se propone ampliar progresivamente el per铆odo de c谩lculo. Aunque no se cifra hasta cuantos a帽os, se ha apuntado el per铆odo de 35 a帽os o incluso la totalidad de la vida laboral. Cuanto m谩s se ampl铆e m谩s entrar谩n en el c谩lculo las cotizaciones correspondientes a salarios muy bajos, por trabajos de formaci贸n, a tiempo parcial, etc. As铆 pues, el conjunto de lo que se propone en este tema no solo no mejora la situaci贸n actual sino que la empeora considerablemente.

Se analizan correctamente los elementos laborales, salariales y de dedicaci贸n asim茅trica a las actividades de cuidado que conducen a la permanencia de una elevada brecha de g茅nero de las pensiones. La regulaci贸n de la brecha salarial, elemento clave para la igualdad en las pensiones, ha mejorado con la reciente aprobaci贸n del Decreto 902/2020, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, pero su efectividad depende de la exigencia sindical y de una Inspecci贸n de Trabajo con medios suficientes, requisitos que hasta la fecha no se cumplen adecuadamente. El PT se帽ala las insuficiencias de unas medidas puntuales correctoras de las disfunciones del mismo sistema, pero no se formula ninguna propuesta para superar las deficiencias en la aplicaci贸n de esas medidas, por limitadas que sean y que afectan especialmente a las mujeres ya pensionistas y de m谩s edad, especialmente en lo relacionado con su aplicaci贸n retroactiva y los supuestos a las que se aplican, tal como he analizado en un art铆culo reciente. La 煤nica explicaci贸n de esas carencias es la negativa a aumentar el gasto.

Sobre la pensi贸n de viudedad, el PT constata que la pensi贸n de viudedad de alguna forma compensa las brechas existentes entre mujeres y hombres tanto en la cobertura de la pensi贸n de jubilaci贸n como en su cuant铆a. Sin embargo, en contradicci贸n con esas realidades se pronuncia por concentrar exclusivamente la protecci贸n en las mayores de 65 a帽os cuya pensi贸n constituya su principal fuente de ingresos, mediante la elevaci贸n del porcentaje 鈥搒in precisar su magnitud鈥, que en la actualidad es del 60% para esas personas mayores de 65 a帽os que no perciban otra pensi贸n y que tengan ingresos limitados. De ello se puede deducir una apuesta por la reducci贸n radical o incluso la eliminaci贸n de la pensi贸n de viudedad para las edades inferiores a 65 a帽os y tambi茅n para las edades superiores a 65 a帽os que simultaneen la de viudedad con otra pensi贸n de jubilaci贸n o incapacidad, aunque sean de cuant铆a muy baja. El riesgo es tanto mayor por cuanto esa reducci贸n/eliminaci贸n de la pensi贸n de viudedad puede producirse r谩pidamente mientras que la reducci贸n de la brecha de g茅nero en las citadas pensiones propias es muy lenta para la mayor铆a de las mujeres.

Una de las reivindicaciones sobre las que m谩s ha insistido el movimiento pensionista consiste en que quienes hayan cotizado durante per铆odos superiores a 40 a帽os, que normalmente van asociados a trabajos de elevada penosidad y menor esperanza de vida, puedan jubilarse anticipadamente sin penalizaci贸n. Hasta ahora esos periodos muy amplios de cotizaciones solo sirven para reducir levemente las penalizaciones en las jubilaciones anticipadas, pero no otorgan el derecho a adelantar la edad de jubilaci贸n. El PT no desestima frontalmente la reivindicaci贸n pero se limita a proponer que el gobierno realice un estudio en el plazo de tres meses sobre el colectivo afectado y los coeficientes que se debieran aplicar para respetar la 鈥渘eutralidad actuarial鈥 鈥搇o que es de temer que como mucho vaya a servir para reducir las penalizaciones- y, posteriormente, vuelva el asunto a la Comisi贸n del PT. Llama la atenci贸n que ese estudio no se haya realizado todav铆a cuando la reivindicaci贸n est谩 planteada durante a帽os y esa Comisi贸n venga reuni茅ndose durante largo tiempo.

Tampoco se da respuesta concluyente a la anticipaci贸n basada en la realizaci贸n de trabajos penosos, insalubres y peligrosos, asociados a elevadas tasas de morbilidad o mortalidad, que en el Estado espa帽ol abarca a un n煤mero escaso de profesiones. El PT considera que se debe 鈥渕ejorar el marco normativo para favorecer la identificaci贸n de estos colectivos鈥, para que se cumpla la funci贸n de proteger la salud y/o vean reducida su esperanza de vida. Estos 鈥渂uenos deseos鈥 ya se formularon en la anterior ronda del Pacto de Toledo, sin que hayan tenido efectos significativos en la inclusi贸n de esos colectivos, salvo alguna excepci贸n para las fuerzas de seguridad.

Propuestas para limitar y externalizar los elementos redistributivos del sistema de pensiones

La limitaci贸n de los elementos redistributivos se manifiesta en la f贸rmula de que la 鈥渕ejora de las pensiones m谩s bajas no desincentive el deber de cotizar鈥, obviando que la carencia o insuficiencia de las cotizaciones tiene como causa principal la carencia de empleo decente. M谩s concretamente en la propuesta de mantener que la cuant铆a de los complementos de m铆nimos de las pensiones contributivas no pueda superar el importe de las no contributivas.

A lo largo de varias de las Recomendaciones el PT se manifiesta a favor de que la redistribuci贸n y la solidaridad sean exteriores a lo que califica como 鈥渟istema contributivo鈥. Esos elementos redistributivos, internos al sistema de pensiones, se a帽aden a otros elementos externos al mismo, como las bonificaciones de cotizaciones sociales, los gastos de gesti贸n de las pensiones y otros, para agruparlos en un conjunto heterog茅neo de 鈥済astos impropios鈥. La partida m谩s importante es la de los complementos de m铆nimos de las pensiones contributivas cuyo gasto previsto en el a帽o 2020 es de 7.318.920 euros y concierne a aproximadamente el 28% de la totalidad de las pensiones, desigualmente distribuidas seg煤n Comunidad Aut贸noma y Reg铆menes o Sistemas Especiales de la Seguridad Social. Para los mismos el PT declara que deben financiarse a cargo de la fiscalidad general, 鈥渃omo expresi贸n de la solidaridad espa帽ola y del principio de equidad intergeneracional鈥, lo que impl铆citamente supone que no es factible ni deseable la solidaridad de clase entre el conjunto de las trabajadoras y trabajadores.

Tambi茅n se propone que las medidas de compensaci贸n de la brecha de g茅nero de las pensiones como, entre otras, el recargo por hijo a partir del segundo hijo, 鈥渆n modo alguno鈥 deben 鈥渁fectar鈥 a las cotizaciones sociales sino que deben ser financiadas por la fiscalidad general. A todos elementos solidarios y redistributivos, que corrigen las desigualdades en el mercado de trabajo y en la vida social y familiar, existentes o que se puedan crear en el futuro y que son caracter铆sticos de los sistemas p煤blicos de reparto, la consideraci贸n como 鈥済astos impropios鈥 supone extender a los mismos los criterios de las pensiones privadas.

El desarrollo de las pensiones privadas

El PT apuesta por impulsar la implantaci贸n de las pensiones privadas, que se califican con el endulzado nombre de 鈥渟istemas complementarios鈥 y se ligan con la recuperaci贸n de los salarios y el fortalecimiento de la negociaci贸n colectiva, mediante la aplicaci贸n de un porcentaje a la base de contingencias comunes de las cotizaciones sociales. Se propone que ese impulso se concrete en los planes de empleo, 鈥減rioritariamente鈥 sin 谩nimo de lucro. Las bases de este planteamiento parecen por un lado poco cre铆bles y por otro lado son atentatorias al sistema p煤blico de pensiones, del que se afirma que se quiere mantener y mejorar.

El irrealismo consiste en la inverosimilitud de que la patronal de la mayor铆a de las peque帽as y medianas empresas y parte importante de las grandes vaya a mejorar los salarios directos y, al mismo tiempo, realizar aportaciones a las pensiones privadas de cuant铆a suficiente para dar lugar a pensiones de una m铆nima entidad. Solo es cre铆ble la extensi贸n a los sectores econ贸micos en los que predominan los bajos salarios y las carreras profesionales m谩s vulnerables, es decir, la mayor铆a del tejido productivo, si las 鈥渇贸rmulas espec铆ficas鈥 con las que se pretende extender su aplicaci贸n consistan en la concesi贸n de enormes ventajas fiscales a las empresas. En el caso de que eso no tenga lugar, el impulso a las pensiones privadas se va a concentrar en los sectores econ贸micos m谩s potentes y de salarios m谩s elevados, mayoritariamente masculinos, en los que la direcci贸n de las empresas tiene inter茅s en fidelizar a los asalariados.

El otro aspecto comprende varios elementos que dan lugar a la regresividad de las pensiones privadas, que se analizan aqu铆: deducciones fiscales anti-progresivas; incertidumbre sobre la provisi贸n de pensiones por la inseguridad de los rendimientos de sus inversiones; contribuci贸n a la financiarizaci贸n de la econom铆a con los para铆sos fiscales y las inversiones especulativas a la que van asociadas, etc. Esa promoci贸n de las pensiones privadas de empleo, que va asociada a aportaciones de las empresas, m谩s o menos generalizadas y de diferente cuant铆a, se produce cuando al mismo tiempo hay una negativa a aumentar las cotizaciones empresariales a la seguridad social p煤blica. Ello afecta en especial a los altos salarios, que son las que m谩s se benefician de las pensiones privadas, cuya base de cotizaci贸n est谩 topada y deja sin cotizar una parte de sus ingresos. Puede desarrollar la implicaci贸n de los sindicatos en la cogesti贸n con la patronal y el gobierno de las pensiones privadas, mientras se debilita la oposici贸n de los mismos a los recortes de las pensiones p煤blicas, 煤nicas que percibe la gran mayor铆a.

Lo llamativo de todo esto es que que mientras otras eventuales mejoras de la protecci贸n se condicionan a futuros estudios, negociaciones y larga trayectoria de tramitaci贸n parlamentaria de la reforma de la Ley de Seguridad Social, en el Proyecto de PGE 2021 se recoge desde ya la ampliaci贸n de la desgravaci贸n en la base imponible del IRPF desde 8.000 a 10.000 euros anuales de las aportaciones a las pensiones privadas de empleo.

28/11/2020

Notas:

1/ En octubre de 2020 cobraban la pensi贸n m谩xima 249.756 hombres y 36.804 mujeres y superaban ese tope 30.967 hombres y 26.105 mujeres.

2/ Esta ligaz贸n del aumento de las pensiones con el aumento del PIB refleja una concepci贸n productivista, que condiciona la satisfacci贸n de las necesidades sociales al crecimiento econ贸mico. Se desprecia con ello la posibilidad de que se produzca mediante una redistribuci贸n de la renta favorable a los salarios directos e indirectos en detrimento de los beneficios empresariales, recuperando as铆 lo perdido en las 煤ltimas d茅cadas del neoliberalismo.

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Fuente: Vientosur.info